Para resolver una duda........
Circulando con un vehículo articulado por una carretera convencional con un carril por cada sentido y con arcenes de menos de 1,5 metros de anchura durante unos 12 km. La velocidad máxima establecida es de 70 Km/h., pero como el tacógrafo no avisa del "exceso de velocidad" si no es a partir de 90 Km/h,........ vamos circulando entre 85 y 90 Km/h pensando que si el tacógrafo no avisa, es que no registra error y por tanto los agentes no podrán saber a qué velocidad veníamos circulando en caso de control. Pasados los 12 Km/h aproximadamente,...... glorieta,..... agentes,..... control,...... sanción de exceso de velocidad,...... Grrrrr....!!!!!! pero cómo????.......
Bien, aunque el tacógrafo no avise y no marque el error, eso no quiere decir que no registre la velocidad instantánea a la que circule el vehículo. El tacógrafo registra cada segundo de cada minuto a la velocidad a la que estamos circulando y, en caso de inspección, fácilmente detectable.
Aquí os dejo una muestra del control de velocidad registrado por el tacógrafo.
Buena ruta a todos y respetad los límites de velocidad.....!!!!!!!

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