sábado, 23 de diciembre de 2017

Descanso semanal en la cabina del camión

El Tribunal Europeo de Justicia avala la prohibición de realizar el descanso en cabina.

Buenos días a todos...... después de la aplicación en varios países (Francia, Bélgica) de la imposibilidad de realizar el descanso semanal normal (45 horas como mínimo) en la cabina del camión, los tribunales europeos ratifican esta medida extendiéndola al resto de Estados miembros de la UE.

Esta prohibición se aplica exclusivamente a los descansos semanales normales, esto es, a todos los descansos semanales superiores a 45 horas que los conductores deben tomar obligatoriamente cada dos semanas de conducción.

Este procedimiento emprendido por el Tribunal de Justicia europeo ha puesto de manifiesto, además, en qué lado de la balanza se posiciona cada país, ya que varios países europeos se han personado, tanto a un lado como al otro, en defensa o rechazo de dicha regulación. Así por una parte Austria, Bélgica, Francia y Alemania se posicionaron en apoyo de dicha prohibición, frente a España y Estonia que se oponían a tal medida.

Esperemos que España dé un giro hacia el buen camino.

Un saludo y buena ruta.


Resultado de imagen de descanso en cabina

miércoles, 13 de diciembre de 2017

Entendamos a los transportistas (5)

Buenas tardes......
Vamos por la última entrada de las infografías de Continental dedicadas a la convivencia de los transportistas con los conductores de turismo.
En este caso se hace referencia a las incorporaciones a carretera y al comportamiento en circulación densa o saturada.
Espero que estas entradas hayan servido para concienciar a los conductores de los problemas con los que se encuentran los profesionales del transporte de mercancías y viajeros al estar en continua relación con ellos.

Un saludo y buena ruta.


martes, 5 de diciembre de 2017

Entendamos a los transportistas (4)


Buenos días de nuevo,...... 
Hoy sigo con la tarea de concienciar a los conductores sobre las actuaciones y forma de circular que tienen los vehículos pesados.
En esta nueva entrega, 4 van ya, se indica qué hay que tener en cuenta cuando se circula en pendientes descendentes en las que el peso tiene un papel fundamental en la velocidad que alcanzan estos vehículos y qué tienen que hacer los conductores profesionales para evitar que este efecto no derive en situaciones de accidente.
Además, se hace un aporte importante en la circulación de camiones y autobuses en condiciones atmosféricas adversas como lluvia, nieve, etc., en definitiva, en aquellas ocasiones en las que la visibilidad y adherencia disminuyen considerablemente.

Saludos y buena ruta.



viernes, 24 de noviembre de 2017

Entendamos a los transportistas (3)

Vamos por la tercera entrega de la saga CONTINENTAL INFOGRAFÍAS........

En esta ocasión abogamos por la circulación en las glorietas y la trazada de curvas, así como la visibilidad existente en la parte trasera de los vehículos pesados o, mejor dicho, la inexistente visibilidad.

Un saludo y buena ruta.


domingo, 19 de noviembre de 2017

Entendamos a los transportistas (2)

Hooooola...!!!!!!!
Seguimos con los consejos protagonizados por los transportistas en la relación con el resto de usuarios de la via.
En estas dos infografías se recomienda tener en cuenta el lugar adecuado para el estacionamiento, así como la precaución en el momento de adelantar a un vehículo pesado o de grandes dimensiones cuando existe viento.

Buena ruta a todos.....!!!!!!!
Seguiré informando.




domingo, 12 de noviembre de 2017

Entendamos a los transportistas

Buenos días.
En referencia a una entrada anterior sobre la conducción de vehículos pesados y la dificultad de entendimiento con los conductores de vehículos ligeros (sobretodo turismos y motocicletas), voy a ir añadiendo unas consideraciones que la empresa de neumáticos CONTINENTAL ha realizado a modo de infografías.
Vamos por la primera:



Seguiremos informando.......!!!!!
Salud y buena ruta.

viernes, 1 de septiembre de 2017

Circulación por la izquierda

Hola a todos,.... hoy vamos por un consejo sobre la utilización correcta de los carriles cuando en una carretera tenemos más de uno.

Todos hemos visto (y seguimos viendo cada día) el típico conductor que circula por el carril central o izquierdo de una autovía o autopista para, de esta manera según él, no tener que hacer variaciones de carril y conducir "tranquilo". Pues bien, a parte de que esta conducta es sancionable con 200€ de multa por considerarse una infracción grave, está perjudicando gravemente la seguridad de la circulación.

Aquí os dejo un vídeo explicativo emitido por TVE1 en el programa Seguridad Vital.

Saludos y buena ruta a todos.


viernes, 7 de julio de 2017

Indemnización por paralización

Buenos días de nuevo,... hoy vamos con una sobre indemnizaciones del transporte.

¿Te han paralizado el vehículo durante algunas horas y has resultado perjudicado económicamente? pues hay que saber que la ley te ampara para que solicites a la empresa cargadora/descargadora una indemnización para compensar ese perjuicio.

La ley 3/2017 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, ha establecido las cantidades para el 2017 del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que son 537,90 euros mensuales o 17,93 euros día. Este indicador se utiliza como base para calcular el importe de indemnización por paralización.


La Ley del Contrato de transporte terrestre (Ley 15/2009 de 23 de diciembre) recoge en su artículo 22, cuestiones reflejadas ya en los acuerdos de junio del 2008 tales como la Indemnización por paralización que servirá de referencia para calcular las cuantías por paralización, a partir de la entrada en vigor de dicha ley, es decir, desde el 12 de febrero de 2010.


Por lo tanto, el coste hora de paralización para 2017 es de 35,86 € y el de un día, teniendo en cuenta que no se pueden computar más de 10h diarias, de 358,60 €.

Cómo calcular la indemnización a reclamar:

El cálculo de la indemnización a reclamar por cada hora de paralización se hace multiplicando por 2 el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples/día, sin que se tengan en cuenta las dos primeras horas ni se computen más de diez horas diarias por este concepto.
Por ejemplo:
Si hemos estado durante 6 horas paralizados (las dos primeras no computan, por lo tanto el derecho a indemnización es de 45 horas).

2 x IPREM (17,93€) x 4 horas = 143,44€.

El segundo día la indemnización se incrementará en un 25%, siendo la indemnización por paralización de 44,82 €/hora y 448,25 €/día. Cuando la paralización del vehículo fuera superior a dos días, el tercer día y siguientes se abonará un recargo del 50%, siendo la indemnización en este caso de 53, 79€/ hora y de 537,90 €/día.

Bueno, espero haber contribuido a aclarar algunas dudas al respecto.

Saludos y buena ruta......!!!!!! ;)

lunes, 1 de mayo de 2017

Restricciones tráfico día a día.

Hoy vamos por una información que nos puede ser útil cuando tengamos que programar un viaje por las carreteras españolas.

Con este enlace podremos ver las incidencias de tráfico que hay en la red viaria y tenerlas en cuenta si tenemos que iniciar una ruta.

http://infocar.dgt.es/etraffic/


Un saludo y buena ruta.

domingo, 2 de abril de 2017

Registro velocidad TACÓGRAFO

Para resolver una duda........

Circulando con un vehículo articulado por una carretera convencional con un carril por cada sentido y con arcenes de menos de 1,5 metros de anchura durante unos 12 km. La velocidad máxima establecida es de 70 Km/h., pero como el tacógrafo no avisa del "exceso de velocidad" si no es a partir de 90 Km/h,........ vamos circulando entre 85 y 90 Km/h pensando que si el tacógrafo no avisa, es que no registra error y por tanto los agentes no podrán saber a qué velocidad veníamos circulando en caso de control. Pasados los 12 Km/h aproximadamente,...... glorieta,..... agentes,..... control,...... sanción de exceso de velocidad,...... Grrrrr....!!!!!! pero cómo????.......

Bien, aunque el tacógrafo no avise y no marque el error, eso no quiere decir que no registre la velocidad instantánea a la que circule el vehículo. El tacógrafo registra cada segundo de cada minuto a la velocidad a la que estamos circulando y, en caso de inspección, fácilmente detectable.
Aquí os dejo una muestra del control de velocidad registrado por el tacógrafo.

Buena ruta a todos y respetad los límites de velocidad.....!!!!!!!


jueves, 2 de marzo de 2017

DUMPING SOCIAL



Información relativa al "DUMPING SOCIAL" para evitar el fraude en el transporte por carretera. 

El dumping social es un tipo de delito económico consistente en la competencia desleal basada en la explotación y bajos salarios de los trabajadores, para conseguir rebajar los costes laborales de producción y así poder ofrecer unos precios más competitivos en el mercado para aumentar sus beneficios. 

En la UE se creó la "Alianza por la Carretera" con Alemania, Francia, Italia, Suecia, Bélgica, Dinamarca, Austia, Luxemburgo y Noruega como integrantes. 

El objetivo de la Alianza por la Carretera es promover una correcta competencia entre los operadores económicos que intervienen en el transporte de mercancías por carretera y para ello exigir en todos los organismos europeos que se garanticen los derechos de los trabajadores del sector, y a mejorar los controles y colaboración contra el fraude.

Bien, pues España ha dicho NO a la "Alianza por la Carretera",...... será que no interesa demasiado el bienestar de los transportistas en este país.

Enfin, aunque suene como un tópico,.... Spain is diferent !!!!!.


jueves, 23 de febrero de 2017

COMPETENCIA PROFESIONAL PARA EL TRANSPORTE

Hoy vamos por una información relativa a la competencia profesional del transporte ya que suscita muchas dudas en cuanto a quién tiene que aportar el título en una empresa de transporte.

En el caso de una empresa individual o autónomo, la persona física titular de la autorización debe tener reconocida dicha competencia profesional.
Si se trata de una sociedad o cooperativa de trabajo asociado, o de una empresa individual que no cumpla el requisito a través de su titular, al menos una de las personas que dirija efectivamente la empresa tenga reconocida dicha capacitación.


Condiciones que debe cumplir la persona que lleve la dirección efectiva de la empresa.

Se entiende que una persona asume la dirección efectiva de la empresa cuando cumpla conjuntamente los tres siguientes requisitos:
1. Tener otorgados poderes generales para representar a la empresa en las operaciones propias de su tráfico ordinario, ya sea con carácter exclusivo o solidaria o mancomunadamente con otros, existiendo constancia de dicho apoderamiento en registro o documento público.

2. Contar con poder de disposición de fondos sobre las principales cuentas bancarias de la empresa para las operaciones propias de su tráfico ordinario, ya sea con carácter exclusivo o solidaria o mancomunadamente con otros.

3. Figurar en la plantilla de trabajadores de la empresa, estando dada de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social como personal directivo, o ser propietaria de, al menos, un 15 por ciento del capital de la empresa.

Cuando una misma persona capacite a distintas empresas cuyo capital pertenezca en más de un 50 por ciento a un mismo titular, bastará con que cumpla este último requisito.
No se exigirán estos requisitos cuando el titular de la autorización sea una persona física y la dirección efectiva de la empresa recaiga en su cónyuge.

¿Puede una persona aportar su titulo de competencia profesional a varias empresas ?

Una misma persona no podrá capacitar profesionalmente al mismo tiempo a más de una empresa, salvo en el supuesto de empresas cuyo capital pertenezca en más de un 50 por ciento a un mismo titular.

Cuando una empresa pretenda cumplir el requisito de competencia profesional a través de una persona que ya figura en el Registro de Empresas y Actividades del Transporte capacitando a otra empresa, será necesario que dicha persona desista expresamente de continuar capacitando a la anterior empresa.

En tal caso, el órgano competente notificará a la empresa que ha perdido la competencia profesional que dispone de un plazo máximo de tres meses para justificar, que vuelve a cumplir el requisito. Transcurrido dicho plazo sin que la empresa lo justifique, se procederá de forma inmediata a la anulación de las tarjetas de transporte.

Espero haber aclarado algunas dudas al respecto,...... buena ruta a todos.



lunes, 6 de febrero de 2017

CAMPAÑA TRÁFICO. CONCIENCIACIÓN AL CONDUCTOR.

Buenas de nuevo,..... hoy vamos con un video sobre accidentes de tráfico.

El video muestra las principales causas de accidentes (alcohol, drogas, cansancio, velocidad, distracciones, adelantamientos,...), el accidente propiamente dicho y, por último, las consecuencias que tienen éstos en el entorno familiar y social de los accidentados.

Vale como muestra para una mayor concienciación sobre la accidentabilidad y entender que un vehículo no es un juguete.

Recomiendo verlo hasta el final,....... como dice un buen amigo mio "gallina de piel",..... 

Saludos y buena ruta.


domingo, 29 de enero de 2017

NOTA ORIENTATIVA SOBRE EL DESCANSO EN FERRY O TREN


Viaje en Ferry o Tren.

La Comisión Europea publica una nueva Nota orientativa (nº6) relativa al registro del tiempo de descanso de un conductor a bordo de un ferry o tren cuanto tiene acceso a una cama o litera. 

Como establece el Reglamento europeo 561/2006, dicho periodo se considerará descanso o pausa, siempre que el conductor “tenga acceso a una cama o litera”. Además, durante el periodo de descanso diario normal (esto es, de 11 horas como mínimo), el conductor que vaya a bordo del transbordador o tren podrá interrumpir dos veces dicho descanso para desempeñar otras actividades (por ejemplo, embarcar o desembarcar su vehículo de transporte) siempre que el tiempo total de dichas actividades no exceda de una hora.

En todo caso, como señala la nueva nota orientativa nº 6, estas dos interrupciones podrán tener lugar en cualquier momento durante el período de descanso diario normal, incluso cuando este período de descanso diario exceda del periodo mínimo de 11 horas y continúa más allá de las 24 horas desde el final del periodo de descanso anterior. De lo contrario, deberá considerarse una infracción de la disposición relativa al descanso diario normal.

Además, como se indica en la nota orientativa, dicha excepción es aplicable al descanso diario normal, entendiendo como tal al que comienza en tierra antes de embarcarse en el ferry o tren y continúa después del desembarque en tierra.

Imagen relacionada

martes, 10 de enero de 2017

CONDUCCIÓN VEHÍCULOS PESADOS

Vamos por el consejo de hoy,......

Este consejo está dirigido a los conductores de vehículos ligeros (en especial turismos y motocicletas) para que cojan conciencia del tipo de conducción que se realiza cuando se conduce un vehículo pesado y/o de grandes dimensiones. La conducción de este tipo de vehículos tiene una particularidad en cuanto al espacio que necesitan para moverse y, sobretodo, para poder frenar y detenerse adecuadamente.

Si aplicamos una simple fórmula, la de la energía cinética (Ec= ½ mv2.), siendo "m" la masa que tiene el vehículo y "v" la velocidad que lleva en metros por segundo podremos comprobar que el esfuerzo al que se someten los frenos del vehículo cuando se realiza una frenada es muy superior al que tiene que realizar un vehículo ligero, por lo que necesitará más espacio para detenerse.
Por todo ello hay que evitar esa "mala costumbre" que se tiene de incorporarse por delante de un vehículo pesado apurando el espacio y obligando al conductor a efectuar una maniobra un tanto peligrosa, bien sea en incorporaciones a la carretera o en esos cambios de carril de última hora.

Aquí os dejo un vídeo ilustrativo de esta situación. También fue emitido por TVE en el programa Seguridad Vital del día 08/01/2017.

Un saludo y buena ruta.



lunes, 9 de enero de 2017

Estacionamiento desde tu Smart Phone

Hola de nuevo, hoy os presento un nuevo formato ejecución de la maniobra de estacionamiento, órdenes desde tu teléfono móvil.
Las nuevas tecnologías nos facilitan la conducción, nos dan más seguridad en la carretera y nos hacen, en definitiva, la vida un poco más cómoda. Ahora tenemos un nuevo paradigma o punto de vista del sistema de estacionamiento "automático" o, en este caso, dando libre albedrío al movimiento del vehículo estando el conductor fuera del mismo.
Si el conductor abandona su puesto, ¿seria motivo de sanción? (Art. 13 Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial), creo que aún se tienen que definir algunas cosas.

Aquí tenéis un vídeo explicativo del sistema retransmitido por TVE en el programa Seguridad Vital el día 08/01/2016. Por cierto, deberían haber más programas televisivos como este que promuevan la seguridad vial y den a conocer al público en general las normas de tráfico que nos afectan, con 30 minutos a la semana (el programa se emite en TVE1 los domingos de 09:30 a 10:00 horas) poca cosa se puede hacer pero, menos da una piedra.

Buena ruta a todos. 


miércoles, 4 de enero de 2017

RESTRICCIONES DE TRÁFICO EN CATALUÑA 2017

Las restricciones para este año........

Por medio de la resolución INT/2989/2016 de 27 de diciembre, el Servicio Catalán de Tráfico ha establecido las restricciones a la circulación por las carreteras de Cataluña correspondientes al año 2017.
Las principales restricciones contempladas en la norma son las siguientes:


A) TRANSPORTE DE MERCANCIAS EN GENERAL (Vehículos y conjunto de vehículos de más de 7.500 kg de M.M.A)


RESTRICCIONES GENÉRICAS


Todos los sábados de 2017 de 10.00 a 14.00 horas en Barcelona N-II del km 630 al km 682 en ambos sentidos y todos los domingos y festivos de 16.00 a 22.00 horas en Barcelona en ambos sentidos en N-II del km 630 al km 682; en N-340 de Villafranca del Penedés a Cervelló, y en N-340a de Cervelló a Quatre Camins. 


Verano: Todos los sábados desde el 17 de junio al 9 de septiembre de 10.00 a 14.00 horas en Lleida y Tarragona en la N-240 de Montblanc a Lleida, sentido Tarragona y del 15 de julio al 9 de septiembre de 8.00 a 12.00 en la N-230 desde el Túnel de Vielha a la frontera. Todos los domingos y festivos del 18 de junio al 11 de septiembre de 10.00 a 22.00 horas en ambos sentidos en Girona en C-253 de S. Feliu de Guixols a Palamós; C-35 desde km. 73 al con AP-7; C-63 de Lloret de Mar a Vidreres; GI-681 de Llagostera a Tossa de Mar; y GI-682 de Barcelona a Lloret de Mar y en Lleida y Tarragona en N-240 de Montblanc a Lleida en ambos sentidos y del 16 de julio al 11 de septiembre de 16.00 a 20.00 en la N-230 desde el Túnel de Vielha a la frontera.


Invierno: En Lleida los viernes desde enero al 7de abril y del 1 al 29 de diciembre de 19 a 22 horas en N-230 del Túnel de Vielha a la frontera y C-28 de Vielha a Salardú; los sábados desde enero al 15 de abril y del 2 al 30 de diciembre de 8.00 a 12.00 en N-145 de La Seu d’Urgell a Andorra, N-260 de Bellver de Cerdanya a Adrall, y N-230 del Túnel de Vielha a frontera francesa, C-14 de Ponts a Adrall y C-28 de Vielha a Salardú y los domingos y festivos desde enero al 9 de abril y del 3 al 31 de diciembre de 16.00 a 20.00 horas en ambos sentidos en N-145 de la Seu d’Urgell a Andorra, la C-14 de Ponts a Adrall, la N-260 de Bellver a Adrall, la N-230 de Vielha a frontera francesa y C-28 de Vielha a Salardú.


RESTRICCIONES ESPECÍFICAS


Los días 14, 16 y 17 de abril (Semana Santa) y 1 de mayo, 5 (Fiesta local), 23 y 25 de junio (San Juan) y 11 septiembre (Diada) y 25 de septiembre (La Mercé), 15 de octubre y 10 de diciembre (Constitución) de 16 a 22 h, en las siguientes carreteras:


Barcelona en AP-2 de Molins de Rei a El Papiol, B-23 de Barcelona a Molins de Rei y C-32 de Montgat a Palafolls. Además:
- 25 de septiembre, desde las 16h a las 22h.
- Todos los domingos de julio de 17 a 22 h en esas carreteras.
- Todos los sábados de julio de 10 a 14 h, además de en las anteriores carreteras, en C-58 del km. 0 al enlace AP-7, B-24 de Cervelló a Pallejá, C-33 de Barcelona a enlace AP-7 y C-16 de Barcelona a enlace AP-7.


Barcelona, Girona y Tarragona en AP-7 de Maçanet de la Selva a L’Hospitalet de l’Infant en ambos sentidos. Además:
- Todos los domingos de julio de 17 a 22 horas.


Barcelona y Lleida en A-2 de Cervera a Cornellá sentido Lleida. Además:
- Todos los sábados de julio de 10 a 14 horas y todos los domingos de julio de 17 a 22 horas.


Barcelona y Tarragona C-32 desde AP-7 a Barcelona sentido Tarragona, C-31 del Vendrell al Garraf ambos sentidos, N-340 de Villafranca a Torredembarra, y de Altafulla a Vandellós sentido Valencia y de Camarles a Villafranca sentido Barcelona y en A-7 de Vandellós a Altafulla sentido Barcelona. Además:
- Todos los sábados de julio de 10 a 14 horas y todos los domingos de julio de 17 a 22 horas.


Girona - Sólo Semana Santa C-35 (del km 73 a enlace AP-7), C-63 de Lloret de Mar a Vidreres, C-253 de S. Feliu de Guixols a Palamós, GI- 681 de Llagostera a Tossa de Mar y GI-682 de Barcelona a Lloret de Mar. Además:
- Todos los sábados de julio de 11 a 14 horas.


Lleida N-145 de la Seu d’Urgell a Andorra, N-230 del túnel de Vielha a frontera Francia, N-260 del km 193 a Adrall, C-14 de Ponts a Adrall y C-28 de Vielha a Salardú, sólo en Semana Santa de 17 a 22h. Además:
- Días 13 (de 19 a 20h), 15 (de 12 a 22h), 16 (de 16 a 22h) y 17 abril (de 16 a 20h) Semana Santa en N-230 y C-28.
- Día 11 de septiembre de 16 a 20h sólo en N-230.
- Día 10 de diciembre de 8 a 12h (N-145, C-14 y N-260) y de 8 a 20h (N-230 y C-28)


Tarragona AP-2 desde salida 12 La Bisbal a enlace AP-7 (Semana Santa sólo 16 y 17 de abril, 1 de mayo, 20 y 21 abril, 4 mayo, 24 junio y 14 septiembre. Además: 
- Todos los domingos de julio de 17 a 22 horas.


En todos los casos señalados anteriormente están exentos los transportes de basuras, ganado vivo, leche cruda, agua para consumo humano, servicio de correos y distribución prensa diaria, auxilio en carretera (V-24), traslado de fundentes en invierno y alimentación animal para granjas.


MEDIDAS DERIVADAS DE LAS RESTRICCIONES EN FRANCIA:


Los vehículos afectados por las restricciones en Francia, habrán de dirigirse a las áreas de estacionamiento de la N-II (La Jonquera)


Estarán exentos los vehículos de cualquier MMA de transporte frigorífico, de productos perecederos y ganado vivo.


B) TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS


Regla general: En todas las carreteras todos los domingos y festivos de 8 a 24 h y vísperas de festivo que sean miércoles o jueves de 16 a 24 h. En el caso de varios días festivos consecutivos de 8 a 15 horas el primer día y de 8 a 24 el último, estando los intermedios sin restricción. En todo caso, la víspera de festivos consecutivos estará restringido de 16 a 24 h. 


Además, les serán de aplicación las restricciones establecidas para los transportes de mercancías de carácter general.


Otras restricciones: Túnel del Cadí (C-16 del km 117 al 131) los fines de semana del viernes a las 14 h hasta el domingo a las 24 h; vísperas no sábados de festivos, de 14 a 24 h y los festivos de 0 a 24 h.
Túnel de Vielha (N-230 del km 151 al 155) todos los días de 22 a 6 h, los domingos y festivos de 8 a 22 h, los sábados de 8 a 22h, viernes de 16 a 22 h y las vísperas de festivo, no sábados, de 16 a 22 h. 


Excepciones: de forma permanente gases licuados para uso doméstico embotellado o a granel, materias para aprovisionamiento de estaciones de servicio o combustibles destinados a puertos y aeropuertos, transporte ferroviario o consumo doméstico; gases para funcionamiento de centros sanitarios o asistencia domiciliaria.


No serán de aplicación en el Túnel de Vielha y Túnel del Cadí, salvo autorización especial.


Red Itinerarios M.P: AP-2, AP-7, A-27, C-16 enlace AP-7 a Berga, A-22 desde enlace A-2 a Almacelles; C-44 desde enlace 38 de la AP-7 al p.k. 26, C-12 desde p.k. 60,6 hasta enlace N-420, C-17 del km 62 a Ripoll, C-25 del km 82 a enlace A-2; en A-2 desde enlace C-25 hasta Soses; C-26 desde enlace AP-7 a enlace N-260; A-26 desde Besalú hasta S. Jaume de Llierca.


Rutas concretas:
Entre AP-7 y Flix o Ascó, por la C-44 y C-12.
Entre AP-2 y Flix o Ascó, por C-12.
Entre Barcelona y Lleida, por la A-2 (evitando túnel del Bruc)
Entre L’Alt Urgell a Andorra, por C-14, C-26 y C-13
Entre Ripollés y La Garrotxa, por N-260 (evitando túnel Collabós por C153a)
Entre El Berguedá y El Ripollés, por C-26
Entre El Garraf, L’Alt Penedés y L’Anoia, por C-15 (evitando túneles)
Entre AP-7 y Tona, por C-17
Entre El Segriá y Val d’Aran, por la N-230
Entre el Gironés, El Pla de L’Estany y La GArrotxa, por C-66
Entre A-2 y Martorell, por el pk 586 de N-IIa


C) TRANSPORTES ESPECIALES Y VEHÍCULOS ESPECIALES


Además de las restricciones generales, en todas las carreteras de Cataluña los domingos y festivos de 8 a 24 h, y vísperas de festivos que sean miércoles y jueves de 16 a 24 horas. Ante varios festivos consecutivos, el primero estará restringido de 8 a 15, el último de 8 a 24 y los intermedios no tendrán restricción; no obstante, la víspera del primer festivo tendrá restricción de 16 a 24 h.


Asimismo, en el Túnel del Cadí (C-16 del km 117 al 131) y Túnel de Vielha (km 151 al 155) los viernes desde las 14 a las 24 horas del domingo, los festivos de 0 a 24 horas y las vísperas de festivos no sábados desde las 14 a las 24 horas.

SIDE ASSIST

Una de seguridad.....
Vamos por la información relativa al sistema SIDE ASSIST (Asistente lateral).
¿A quién no le ha pasado alguna vez el hecho de querer cambiarse de carril, mirar por el espejo retrovisor, no ver a ningún vehículo y al iniciar la maniobra hemos escuchado un tremendo pitido?

Este sistema de seguridad activa consta de unos sensores laterales que detectan la posición de los diferentes vehículos que tenemos a los lados dando información al conductor a través de indicadores luminosos que se activan en el momento que tenemos algún vehículo en el ángulo muerto.

Este sistema, opcional en la configuración de vehículos, no solo sabe si hay un vehículo o no en el ángulo muerto, sino que analiza la velocidad con la que se acerca ese vehículo, y aunque esté bastante alejado, y ni siquiera haya llegado al ángulo muerto, si entiende que vamos a cambiar de carril, porque el conductor ha puesto el intermitente, pero con la velocidad que trae el vehículo posterior, podrá darse una situación comprometida, advierte al conductor.

Aquí os dejo un video ilustrativo del SIDE ASSIST.

Hasta la siguiente....... 


lunes, 2 de enero de 2017

Cansancio al volante

¿Alguna vez te has sentido fatigado al volante? 
Cuando empieces a tener los primeros síntomas, para y descansa. La única solución es descansar y reponerse, no hay que intentar luchar contra nosotros mismos en una guerra que no tiene ganador.

Con este vídeo te propongo unos ejercicios al volante y unos consejos para que el cansancio no te venza.

Buena ruta y cuidado en la jungla de asfalto.


PLAN DE INSPECCIÓN TRANSPORTES 2017



Con esta nueva entrada os pongo de manifiesto cuál es el PLAN DE INSPECCIÓN DE TRANSPORTES 2017.

Debido a la competencia desleal y la mala praxis desarrollada por las empresas transportistas en referencia al uso de tacógrafo y del certificado de actividades, así como del desarrollo de los cursos CAP por parte de los centros de formación, Transportes cree necesario que durante este año se "persigan" estas actividades.



El Plan Nacional de Inspección considera que la actual situación del sector del transporte, como consecuencia del descenso de la actividad económica originada por la crisis, ha generado una mayor economía sumergida y competencia desleal, que hacen necesario reforzar las medidas de control y erradicar dichas conductas anómalas. 



Así, uno de los objetivos prioritarios de la inspección de transportes por carretera se centrará en el control del Dumping Social, como consecuencia del proceso de deslocalización de las grandes empresas de transporte hacia los países principalmente del Este de Europa. Dicha actuación inspectora ya se ha venido desarrollando en este año 2016, en colaboración con los cuerpos de inspección de otras Administraciones Públicas, si bien se intensificará en 2017, controlando tanto en carretera como a las empresas cargadoras. 



Otras actuaciones de control incluidas en el Plan que se van a llevar a cabo durante el año son las siguientes:

  • Se llevará a cabo un control sobre la realización de servicios de transporte público, así como el ofertar como intermediarios servicios de transporte en diferentes medios, en ambos casos sin estar amparados en la correspondiente autorización.

  • Se continuará controlando la utilización inadecuada de los tractores agrícolas para la realización de transporte público de forma irregular, que representa una competencia desleal para el transporte por carretera. 

  • Se llevará a cabo el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota de 417.542 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo. Dado que la Directiva europea 2006/22 impone a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisar al menos 2.818.409 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que la mitad se deberán controlar en la sede de las empresas y la otra mitad en carretera. 

  • Se hará un especial control sobre el posible uso fraudulento que se está llevando a cabo en la utilización del certificado de actividades por parte de algunas empresas transportistas. 

  • Se intensificarán los controles de las posibles manipulaciones en el tacógrafo o del limitador de velocidad en carretera. En el caso del tacógrafo, las principales manipulaciones que son detectadas corresponden a pequeños recorridos con velocidades muy cortas, por lo que se hará un mayor control en zonas como polígonos industriales y áreas metropolitanas de alto desarrollo industrial, entre otros. Conforme a la última reforma de la Ley de Seguridad Vial, dichas conductas infractoras no sólo son imputadas a la empresa transportistas sino también al conductor que va a bordo del vehículo, sancionándose con multa de hasta 500 euros. 

  • Con objeto de aumentar la eficacia inspectora de los posibles excesos de peso, se llevarán a cabo dos controles de larga duración con la participación de la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas. 

  • Se intensificará el control del transporte realizado por vehículos de menos de 3’5 toneladas procedentes de terceros países, al detectarse un aumento considerable de irregularidades en este tipo de vehículos. 

  • Se aumentará la inspección de los cursos de formación CAP, sobre todo en los de formación continua ante las posibles irregularidades que se están dando.





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